Jueves, 5 de Septiembre del 2024
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Requisitos para una transferencia de dominio
- Documento identificatorio para acreditar identidad del comprador, vendedor (y de su cónyuge, si se trata de un bien ganancial).
- Si sos argentino: DNI en su modalidad Digital o Físico, (LC, LE o DNI Libreta, solo si tenés más de 75 años).
- Si sos extranjero sin residencia permanente: pasaporte.
- Con residencia permanente: DNI.
- Extranjeros de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
- En el caso en que seas representante legal o apoderado/a, deberás presentar documentos que acrediten tal situación y contar con facultades suficientes (Contrato Social, Libro de Actas, Poderes, etc.).
- La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.
- Título de propiedad del vehículo o Constancia de Asignación de Título (CAT) y todas las cédulas del vehículo (de identificación del automotor y de autorizados).
- Verificación Física de la unidad:
- Automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/2001.
- Motovehículos inscriptos inicialmente a partir del 01/01/2004.
- Transferencias presentadas ante el registro de la futura radicación, deberán realizar la Verificación Física sin importar modelo año de inscripción.
- Transferencia con título extraviado.
- Constancia de CUIT (emitida por AFIP) o CUIL (emitida por ANSES) del comprador. O bien CDI del comprador a través de Formulario de Declaración Jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP. Si figura en el reverso del DNI no hace falta acompañar documentación.
- Documento identificatorio para acreditar identidad del comprador, vendedor (y de su cónyuge, si se trata de un bien ganancial).
- Si sos argentino: DNI en su modalidad Digital o Físico, (LC, LE o DNI Libreta, solo si tenés más de 75 años).
- Si sos extranjero sin residencia permanente: pasaporte.
- Con residencia permanente: DNI.
- Extranjeros de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
- En el caso en que seas representante legal o apoderado/a, deberás presentar documentos que acrediten tal situación y contar con facultades suficientes (Contrato Social, Libro de Actas, Poderes, etc.).
- La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.
- Título de propiedad del vehículo o Constancia de Asignación de Título (CAT) y todas las cédulas del vehículo (de identificación del automotor y de autorizados).
- Cedula verde obligatoria en registro de futura radicación.
- Solicitud tipo Formulario 08.
- Verificación Física de la unidad:
- Automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/2001.
- Motovehículos inscriptos inicialmente a partir del 01/01/2004.
- Transferencias presentadas ante el registro de la futura radicación, deberán realizar la Verificación Física sin importar modelo año de inscripción.
- Transferencia con título extraviado.
- Constancia de CUIT (emitida por AFIP) o CUIL (emitida por ANSES) del comprador. O bien CDI del comprador a través de Formulario de Declaración Jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP. Si figura en el reverso del DNI no hace falta acompañar documentación.
- Documento identificatorio para acreditar identidad del comprador, vendedor (y de su cónyuge, si se trata de un bien ganancial).